• febrero 13, 2019
  • Sin comentarios
  • 4 minutos de lectura

En 30 años, solamente 2 de cada 10 diputaciones en BC han sido para mujeres

En 30 años, solamente 2 de cada 10 diputaciones en BC han sido para mujeres

*En la historia de los 5 municipios de Baja California únicamente 2 mujeres han sido electas como alcaldesas.

*El 70% de las regidurias en las últimas 2 décadas han sido para hombres.

Jorge Heras / Lindero Norte
Mexicali.- De los 248 legisladores locales que ha tenido Baja California en las últimas tres décadas, unicamente el 22 por ciento de las curules las han ocupado mujeres.

Desde la legislatura XII (1986-1989) hasta la actual integración del Congreso del Estado, han sido representantes populares 203 hombres y 45 mujeres, es decir, en las últimas 11 legislaturas locales, el 78 por ciento de las diputaciones han sido para el género masculino.

La participación de las mujeres en los espacios de representación popular en Baja California inició como suplentes en dos escaños de la primera legislatura (1953-1956) con Gloria Rosado Casares y
Margarita Ruiz Díaz, y ocupando la Diputación de propietaria fue en la IV legislatura (1962-1965) con la priista Enriqueta Téllez Gutiérrez del Distrito 01 de Mexicali.

Cabe destacar que la primera mujer en el país en ocupar una curul en el Congreso de la Unión fue por la circunscripción de Baja California; se trató de la mexicalense por adopción, Aurora Jiménez Palacios en 1954.

El histórico por partidos

El 80 por ciento de las diputaciones locales que han encabezado mujeres son del PAN y del PRI, quienes han tenido 21 y 17 espacios en el Congreso, respectivamente; en tanto, el PRD ha ocupado 3 curules, 2 el PT (por la misma legisladora, Claudia Agatón ) y 2 el PANAL (en su momento las secretarias generales de la Sección 2 del SNTE).

La cuota de poder que obtenían las mujeres por las negociaciones y postulaciones de candidaturas de los partidos políticos para integrar la Cámara era de dos diputaciones por legislación, que en la mayoría de los casos, alcanzaban dicha curul por la vía del voto de los ciudadanos.

Fue hasta hace una década, en la XIX legislatura, que 5 mujeres se hicieron un espacio en la Cámara de Diputados; después, con las acciones afirmativas que estableció el Instituto Estatal Electoral por la exigencia de las mujeres al interior de los partidos políticos, fue que en las últimas tres legislaturas han ocupado 7, 8 y 9 escaños en la Sala de Sesiones Benito Juárez.

Aún con la reforma constitucional del 2014 (introdujo el principio de paridad de género), los acuerdos del INE en materia de equidad, las medidas afirmativas del IEE y el trabajo de un grupo de ex legisladoras, no se ha alcanzado la paridad real en la integración del Congreso de Baja California.

Por ello, el Consejo General del organismo electoral amplió los criterios de paridad de género para que en la etapa de resultados se sustituyan las fórmulas del género sub representado por candidatos plurinominales del otro género hasta alcanzar la paridad, y en caso de que partidos políticos ya no tengan aspirantes mujeres, los espacios serán destinadas a otros partidos políticos.

Ayuntamientos

En la integración de los 5 Ayuntamientos de Baja California, los géneros no han participado de manera paritaria en la toma de decisiones, puesto que en los períodos de 1995 a 2019, solamente 2 mujeres han ocupado el cargo de la Presidencia Municipal en contraste con 37 hombres alcaldes.

Para el cargo de Síndico Procurador únicamente han participado 4 mujeres, frente a 35 hombres.

En el caso de las regidurías Es más evidente la falta de paridad, toda vez que 148 mujeres han sido ediles en comparación con 346 hombres que han sido regidores, es decir, el 70 por ciento de los espacios en cabildos han sido para hombres.

De acuerdo al articulo 3 de la Ley General de Partidos Políticos, las fuerzas políticas deberán buscar la participación efectiva de ambos géneros en la integración de sus órganos, así como en la postulación de candidaturas, para lo cual, determinarán y harán públicos los criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas a legisladores federales y locales, asegurándose que sean objetivos y propicien condiciones de igualdad entre los géneros.

En la misma Ley, el Artculo 232 establece que los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES), están facultados para rechazar el registro del número de candidaturas de un género que exceda la paridad, fijando al partido un plazo improrrogable para la sustitución de las mismas.

Publicaciones relacionadas

Quema y robo de negocios en BC; Identifican a los 7 militares desaparecidos | LEDLH

Quema y robo de negocios en BC; Identifican a los 7 militares desaparecidos | LEDLH

¡Únete a nosotros este jueves en «La Era de los Heras» con Jorge Heras para mantenerte informado! En esta transmisión en…
Revés en reformas al transporte público y sorpresas con las candidaturas de MORENA | LEDLH

Revés en reformas al transporte público y sorpresas con las candidaturas de MORENA | LEDLH

Este jueves en Lindero Norte con Jorge Heras. *Editorial: Revés de la SCJN a Congreso y Gobierno Bonillista en reformas al…
ATACAN a escolta de la alcaldesa Monserrat Caballero | La Era de los Heras

ATACAN a escolta de la alcaldesa Monserrat Caballero | La Era de los Heras

Este miércoles en La Era de los Heras con Rodolfo García y Antonio Heras: ATACAN a escolta de la alcaldesa Monserrat…

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *