• octubre 29, 2013
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Funcionario del Gobierno del D.F. usa la ley a su favor

beltran oemLindero Norte/Especial
El ex diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la IV Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Juan Carlos Beltrán Cordero, después de un complejo proceso de divorcio ha utilizado las estructuras políticas y administrativas del Gobierno del Distrito Federal (GDF) para evadir sus obligaciones e incumplir la sentencia por pensión alimenticia para con su ex esposa Laura Campuzano González.
El actual Director de Estudios y Estadística del Trabajo en la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo del GDF contrajo nupcias con Campuzano González en 2006 mientras era diputado Local del PRD e integrante de la Comisión de Gobierno. En 2009 se divorciaron.
De la primera demanda de Divorcio Necesario en contra de Beltrán, el Juez ordenó como medida provisional, se le descontara el 20% de su Dieta como diputado por pensión alimenticia. A lo cuál Beltrán nunca se inconformó.
En 2009, la ahora ex esposa se desistió de la demanda de divorcio necesario y promovió una nueva demanda de Divorcio Incausado, con la intención de divorciarse de manera rápida.
Así, Beltrán se comprometió sin coacción y de manera voluntaria a pagar una pensión alimenticia  de $15 mil pesos por 3 años, seguro de gastos médicos mayores por 3 años, y la liquidación de la deuda de un crédito hipotecario (a más tardar en año y medio con su respectiva cesión de derechos a favor de la demandante) mediante el cuál se adquirió el único bien inmueble de la sociedad conyugal: un departamento que costó 1 millón 960 mil pesos.
Es de mencionar que después de un corto matrimonio caracterizado por la violencia psicológica, la aceptación pacífica de los acuerdos con Laura Campuzano sólo puede ser explicada con el hecho de que el señor Beltrán era candidato a Diputado Federal por el distrito IV federal, Iztapalapa y temía a un escándalo mediático.
Esta afirmación es fácilmente demostrable cuando Juan Carlos Beltrán pierde las elecciones y empieza una guerra legal en contra de Campuzano González. Es entonces cuando pide al Juez 3o. Familiar que no eleve a sentencia el convenio de divorcio, alegando que tenía a sus dos hijos mayores de edad que mantener y que no tenía empleo, lo cuál era falso toda vez que ya estaba trabajando como Director General de Presupuesto en la ALDF y con un salario muy alto.
Y en este contexto sorpresivamente aparecieron los juicios por pensión alimenticia en distintos juzgados de lo familiar, primero el de la ex pareja sentimental y actual esposa de Beltrán Cordero y operadora política en Azcapotzalco del perredista Carlos Navarrete NORMA TAGLE MARROQUIN VS. JUAN CARLOS BELTRÁN CORDERO y el de sus hijos BELTRÁN TAGLE JOSÉ CARLOS Y CLAUDIA VS. JUAN CARLOS BELTRÁN CORDERO.
En esas demandas, ninguna de las partes asiste a las audiencias de ley y dos jueces dictan sentencia descontándole vía nómina, por los hijos el 30% de su salario y por el de su actual esposa, madre de estos hijos mayores de edad, el 20 %.
La aparición fortuita de las demandas por pensión alimenticia se antojan muy raras toda vez que se sabe por el propio demandado, incluso ante autoridad judicial, quién siempre alegó que se hacía cargo de sus hijos económicamente. Es evidente que van encaminadas a situarse en un estado de insolvencia económica.
Beltrán se contradice ya que en los juicios impulsados por él en contra de Campuzano afirma que es un padre responsable y presenta gastos exorbitantes por la manutención de sus hijos argumentando incluso un déficit en sus finanzas.
Otro argumento esgrimido por el ex legislador para invalidar el Convenio de Divorcio fue que la demandante ocultó que su madre murió a pesar de que durante su enfermedad vivía con ellos y mintió al esconderle a él y al juzgado que trabajó durante el matrimonio.
Por lo anterior el perredista alegó que su ahora ex esposa no necesitaba la pensión toda vez que ella sería heredera e incluso reclamó su 50% por la sociedad conyugal.
Sin embargo el Juez 3º. Familiar desestimó sus argumentos y elevó el convenio a sentencia conforme a derecho el 09/NOV/09 atendiendo al principio de PACTA SUNT SERVANDAE: los pactos deben cumplirse.
Al mismo tiempo, Beltrán demandó a Campuzano el Incidente de Reducción de Pensión Alimenticia e Ineficacia de Obligaciones, tomando como base los argumentos anteriores, la herencia que al día de hoy no ha recibido por ser sòlo una expectativa de derecho y el empleo en algún periodo del matrimonio.
Beltrán dejó de proveer la pensión alimenticia.
Por lo anterior el Director de Estudios y Estadística del Trabajo fue denunciado penalmente por Incumplimiento de Obligaciones Alimentarias, por lo cual Beltrán inicia un desglose en contra de Campuzano González por Falsedad ante Autoridad, quién fue declarada inocente y se declaró el No Ejercicio de la Acción Penal.
El ex diputado perredista Beltrán Cordero presentó otra denuncia por los delitos de Falsedad ante Autoridad, Fraude Procesal Y Delitos de Abogados Patronos y Litigantes. De igual manera Campuzano fue declarada inocente y se declaró el No Ejercicio de la Acción Penal.
Acto seguido el también Operador Político de Carlos Navarrete demandó la Nulidad de Juicio Concluido (Anulación del Divorcio) en donde además de todo lo anteriormente expuesto exigió la devolución de pensiones alimenticias otorgadas. Sin embargo se desistió, porque la fundó en un artículo ya derogado del Código Civil.
En febrero de 2012 y a pesar del incumplimiento de Beltrán en todos los términos del Convenio de Divorcio y del hecho que el Incidente de Reducción de Pensión Alimenticia no se ha resuelto, demandó la Cancelación de Pensión Alimenticia mostrando como prueba de su insolvencia económica, su desempleo de finales de 2011 exhibiendo como prueba su carta de renuncia a la Presidenta de la Comisión de Gobierno de la  ALDF, Alejandra Barrales.
Aparentemente Beltrán renunció no por que le pidieran la renuncia como el dijo, sino porque buscó ser candidato a legislador por el PRD toda vez que apareció en la lista de precandidatos en el 2012, en el Portal de dicho partido político. Dicha demanda a la que Campuzano se notificó y contestó, no se ha resuelto.
Sin embargo, actualmente en la nómina del GDF aparece con un salario mensual de sólo poco más de $9 mil pesos. Extrañamente, los subordinados de Beltrán ganan más que el. Es de resaltar que los Directores de Área del GDF reciben remuneraciones mensuales mayores a 30 mil pesos.
Ante la falta de pago del crédito hipotecario por parte del ex diputado, BBVA BANCOMER demanda a la pareja un juicio ESPECIAL HIPOTECARIO Exp. Núm. 593/2010, tomándolo a él como deudor y a Campuzano como  obligada solidaria.
Beltrán no compareció a juicio, mientras que Laura Campuzano contestó la demanda. El Juez 53º. Civil dictó sentencia sin tomar en cuenta el convenio de divorcio y el bien inmueble está en espera de audiencia de remate.
En la confesional de la audiencia del 17 de agosto de 2010 del Incidente De Reducción de Pensión Alimenticia e Ineficacia de Obligaciones, Beltrán dijo que los más de 474 mil pesos que recibió de MetLife (por su Seguro de Separación Individualizada como diputado saliente de la ALDF; y que en el Convenio de divorcio, Beltrán se comprometió a aportar al crédito hipotecario del departamento) los utilizó para pagar un préstamo, que según el, le hicieron para a su vez, pagar los $500,000 pesos del enganche del departamento sede de la residencia conyugal
Beltrán Cordero simula una deuda adquirida con su mejor amigo, Fernando Cuellar Reyes con quién trabajó hace años en la Delegación Iztapalapa y ahora es Diputado Federal por el PRD, el cuál cobra vía demanda judicial el adeudo en donde se pone en prenda el bien inmueble, materia del convenio de divorcio.
Existe una demanda por la vía ejecutivo mercantil, exp. 19/2010: FERNANDO CUELAR REYES VS. JUAN CARLOS BELTRÁN CORDERO.
Campuzano González promovió un juicio de amparo indirecto por la violación a sus derechos como propietaria, consistente en que Cuellar a través de 2 endosatarios demandó a Beltrán el cobró de un pagaré valioso por 2mdp firmado el 15DIC08 (cuando Juan Carlos Beltrán y Laura Campuzano estaban aún casados, el departamento costó 1 millón 960 mil pesos).
Beltrán contestó la demanda, se allanó a todas las prestaciones que se le reclamaron, contradiciéndose con sus dichos vertidos en los expedientes del juzgado 3º. Familiar.
Los endosatarios piden a la Jueza 38 Civil que gire oficio de embargo al Registro Público de la Propiedad a la finca ubicada en la dirección del bien inmueble que fue el domicilio conyugal y materia del Convenio de Divorcio que nos ocupa.
Bajo esta circunstancia la Campuzano denunció penalmente al integrante de Nueva Izquierda Beltrán por el delito de Fraude Procesal en OCT/10,  AV. PREVIA: FCH/CUH-6/T2/1839/10-10 que está radicada en la Fiscalía para Asuntos Especiales
Beltrán declaró y ratificó (como probable responsable) “que no fue un acto simulado o con pruebas falsas o alteradas”.  La CNBV mandó al MP los movimientos bancarios de Beltrán de esa época en donde se comprueba que no hubo movimientos en sus cuentas por tal cantidad, así mismo existen las declaraciones de impuestos de Beltrán al SAT, en donde se aprecia que Beltrán no declaró préstamo por los 2mdp.
Los 2 endosatarios en calidad de probables responsables, no declararon porque no fueron localizados, el MP giró citatorio a Cuellar a declarar como probable responsable, en ABR/12 Cuellar declaró y ratificó que no prestó dinero alguno, que no demandó ningún juicio, que no firmó ningún pagaré.
Cabe mencionar que Alejandra Barrales le mandó un escrito al entonces Procurador, Rodríguez Almeida, con logo de la ALDF, Comisión de Gobierno V Legislatura, informándole que el Dip. Cuellar gozaba de fuero constitucional y que sólo podía ser procesado penalmente mediante juicio de desafuero.
En AGO/12 Campuzano promovió Juicio de Amparo Indirecto, un Juez Federal amparó a la demandante en el sentido que el MP había sido omiso en resolver la averiguación que por ley debió resolverse en un plazo de 60 días y no dos años como ya era el caso y dio al MP 30 días para resolver.
Se practicó la prueba pericial de grafoscopía y el resultado del dictamen fue que la firma de Fernando Cuellar que aparece al calce del pagaré, es falsa.
En DIC/12 el MP  consignó a JUAN CARLOS BELTRÁN CORDERO, ROGELIO PUENTE VILLASEÑOR  Y DANIEL ESPINOSA CABALLERO por el delito de Fraude Procesal en agravio de LAURA CAMPUZANO GONZÁLEZ. La causa penal 310/12 se radicó en el Juzgado 18 Penal con sede en Reclusorio Oriente, la Jueza Margarita Bastida Negrete, negó la orden de aprehensión dos veces devolviéndola por art. 36 (que significa que hay que perfeccionarla).
Campuzano apeló la resolución de la Jueza Penal y casualmente cayó en la misma 5ª. Sala Penal del TSJDF, en donde anteriormente exoneraron a Beltrán en 2011 por otra denuncia por Alimentos que Campuzano  promovió en su contra, ahora confirmando la resolución de la Jueza 18 Penal quién dijo que no había daño económico en perjuicio de Campuzano y no giró la orden de aprehensión
La Jueza 18 Penal ha sido reacia para sentenciar a Beltrán a pesar que el dictamen pericial resolvió que la firma de Cuellar es falsa y que a nadie beneficiaba la simulación de ese juicio más que al Operador Político de Carlos Navarrete.
El 25JUL13, se le informó a Laura Campuzano que le fueron negadas la mayoría de las copias que solicitó al MP de la Fiscalía para Asuntos Especiales, por la averiguación previa por Fraude Procesal instaurada en contra de Beltrán, incluso la sentencia de la Jueza 18 Penal, la de la 5ª. Sala. Penal y la resolución del amparo que ella misma promovió.  De igual forma el MP de esa Fiscalía,  le informó a Campuzano que el MP adscrito al Juzgado 18 Penal, Rodolfo Reyes Castro, omitió entregar 2 tomos de la Causa Penal a la Jueza 18 penal, facilitando así que su Señoría no tuviera a la mano las pruebas necesarias y así no girar la orden de aprehensión en contra de Beltrán.
El TSJDF sufre de tortuguismo en estas demandas y denuncias, la PGJDF ha protegido al máximo a Beltrán y solo consignó cuando un Juez Federal ordenó resolver, tampoco le ha importado la condición de mujer sola ni la posición de vulnerabilidad en que han puesto a Laura Campuzano toda vez que no resolver conforme a derecho la dejará en estado de real indefensión ante Beltrán, especialmente cuando el ex diputado del PRD le ha advertido que “esto se le va a poner peor”.

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