• junio 5, 2014
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Ordena juez regresar terreno adquirido de manera ilegal por la Diócesis de Mexicali

 

jose-isidro-430x280Jorge Heras y Antonio Heras / Lindero Norte
Mexicali.-La Diócesis de Mexicali y el obispo José Isidro Guerrero Macías fueron sentenciados por el juzgado Primero de lo Civil a entregar una propiedad donde edificó el convento de las Madres Clarisas, debido a que la compraventa se realizó de manera ilegal con el velador del terreno.
Debido a que los propietarios no aceptaron el ofrecimiento del obispo de Mexicali retirar la demanda a cambio de garantizarles la entrada al cielo, el religioso solicitó un amparo federal que le fue rechazado por el Juzgado Quinto de Distrito del Poder Judicial de la Federación, con sede en esta ciudad fronteriza.
El juez federal Jorge Alberto Garza Chávez determinó el 23 de mayo de 2014 sobreseer el juicio de amparo presentado por José Isidro Guerrero Macías y/o José Isidro Macías Guerrero, conocido en la comunidad como el Padre Chilo.
El litigio
De acuerdo al Juicio Ordinario Civil 1720/2009, el 29 de noviembre de 2013 el juez Albero Valdez de Luna declaró la ejecución forzosa de reponer el inmueble a la familia Torrres Fernández, propietarios originales del terreno rústico de 32 mil 655 metros cuadrados, ubicado en el Lote 2 Noroeste de la colonia Cerro Prieto, al sur de esta ciudad fronteriza.
La Madre Superiora Cecilia impidió el acceso de los notificadores y del actuario, pese a que en el dictamen judicial se solicitó el auxilio de la fuerza pública y, en su caso, romper las cerraduras del inmueble, toda vez que la asociación religiosa desoyó la sentencia definitiva del 22 de junio de 2012.
Héctor Manuel, Martha Gabriela, Norma Leonor y Ana Teresa Torres Fernández Guerra presentaron una denuncia ante el Juzgado Primero de lo Civil para que les reintegraran el predio donde se encuentra una capilla, habitaciones y almacenes de la orden religiosa beneficiada, toda vez que de manera ilegal la compraventa la hizo el cuidador Jesús García Alatorre, quien falleció.
El 19 de enero de 2010, el representante legal de la Diócesis de Mexicali, Héctor Benítez González, contestó la “infundada, improcedente, temeraria y oscura demanda” para restituir a los supuestos propietarios de un predio que se encuentra en posesión de la Diócesis de Mexicali desde 2001, sin que se jamás se hayan roto candados, tumbado cercos de púas o que el obispo Macías Guerrero la haya adquirido mediante el uso de la violencia o de manera clandestina.
Benítez González expresó en ese momento que el terreno se encontraba en trámite de escrituración de compraventa en la Notaria 7, de una propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad por el señor Jesús García Alatorre el 23 de julio de 2003.
El 16 de marzo de 2010, la Madre Superiora Cecilia, cuya identidad es Belia Martínez Montoya, acudió al Juzgado Civil para señalar que las firmas de los promoventes eran falsas y requerían el reconocimiento oficial ya que “si los actores son acercadas a la iglesia y a Dios, consideramos que serían incapaces de entablar una demanda judicial en contra de la iglesia católica, del mismo Obispo de esta Diócesis, en pocas palabras del representante  de Dios y del Papa Benedicto XVI en esta ciudad.
En su alegato la Madre Superiora Cecilia dijo que no creer capaces a católicos que “vayan a la iglesia, otorguen sus diezmos y comulguen cada domingo (y) al mismo tiempo luchen sin pudor en contra de los intereses de Dios en nuestra ciudad” y pidió que emitiera sus firmas en presencia judicial para efectos periciales.
El 10 de diciembre de 2013, el Obispo Guerrero Macías presentó un Amparo indirecto ante el Juzgado de Distrito del Poder Judicial de la Federación para protegerse de la acción del Juez Primero de lo Civil del Partido Judicial de Mexicali, del actuario y de la Segunda Sala el Tribunal Superior de Justicia de Baja California, integrada en el Juicio ordinario 170/2009.
El religioso dijo haber celebrado un contrato privado de compraventa del 8 de mayo de 2001 y que desde esa fecha ha ejercido actos de posesión y de propiedad como la construcción de capilla donde ofician misa los sacerdotes de la Diócesis y de un edificio donde hay habitaciones y almacenes, así como la instalación del cerco perimetral.
Señaló que el 23 de noviembre de 2013 se hizo el recamo de la propiedad y se habían emitido sentencias de pimera y segunda instancia, por lo que su amparo lo promovió porque se violaron sus garantías de audiencia al no emplazarlo a juicio. El 6 de febrero de 2014 amplió su demanda de amparo para advertir que tampoco se hizo el llamado judicial a Jesús García, a pesar que éste ya había muerto.
La Secretaría de Gobernación emitió la Declaratoria de Procedencia el 24 de febrero de 2004, de acuerdo al oficio AR-02-p/2219/2004, referencia 376/2004 y documento SGAR/54/93, para lo cual debe contar con el consentimiento del legitimo propietario del inmueble y empezar los tramites de compraventa para la construcción de un “convento, templo, casa de retiros espirituales, asilo, áreas verdes y estacionamiento”.
II parte
Octavo mandamiento: “No levantarás falso testimonio ni mentirás”

Toda vez que la transacción comercial del predio se realizo antes del permiso del gobierno federal y ante las contradicciones en los dichos de los religiosos, el representante legal de los propietarios del inmueble, Elías Flores, se apresta para presentar una denuncia penal por falsedad de declaraciones del Obispo de Mexicali.
Continuará….

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