• abril 17, 2015
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Existe tortura en Baja California: Amnistía Internacional

amnistía tortura*Asume caso de Adrián Vázquez, víctima de tortura por agentes de la PEP
Antonio Heras
Tijuana, 17 de julio.- La consignación de tres policías bajacalifornianos por torturar a Adrián Vázquez Lagunes propició una campaña de Amnistía Internacional para pedir a la Procuraduría General de la República (PGR) que se desista de los cargos contra quien se encuentra detenido desde 2012 en el Centro de Reinserción Social de Tijuana.
La abogada Sandra Esquer sostuvo que de girarse las órdenes de aprehensión de los agentes de la Policía Estatal Preventiva, acusados de tortura en un juzgado del Poder Judicial del Estado, procede el reconocimiento de inocencia de Vázquez Lagunes y la reparación del daño, toda vez que sufrió lesiones de por vida. Precisó que durante 12 horas fue víctima de tortura que, de acuerdo al dictamen médico, le rompieron siete costillas, le perforaron un pulmón y fue necesaria una intervención quirúrgica por afectaciones en el bazo.
La consignación del expediente por parte de la Procuraduría General de Justicia del Estado representa el primer caso en la entidad donde hace 21 años se tipificó el delito de tortura, dijo en entrevista telefónica luego de participar en una conferencia de prensa organizada por Amnistía Internacional en la ciudad de México.
Este caso documentado por la Organización de las Naciones Unidas y Amnistía Internacional prueba que la tortura en la entidad es una realidad ya que la mayoría de los detenidos son sometidos a golpes, expresó..
“Esta es la primera consignación por tortura en un estado donde las denuncias de tortura son cuantiosas. A nivel federal, sólo existen siete condenas de tortura desde 1991, cuando la tortura se tipificó como delito en México”, dio a conocer AI en un comunicado de prensa.
Adrian Vazquez AIVázquez Lagunes –originario de Veracruz y avecindado en Tijuana- fue detenido, amenazado, golpeado y semiasfixiado durante 12 horas bajo custodia de la Policía Estatal en 2012, señala el documento y agrega que la PGR lo acusó de portación ilegal de armas de fuego, ser uno de los principales operadores del Cartel de Sinaloa en la entidad y omitir las denuncias de una detención arbitraria, con tortura y fabricación de pruebas.
«Este es un momento histórico para la justicia en Baja California, pero todavía hay un largo camino por recorrer. Las autoridades mexicanas deben desistir de los cargos en contra de Adrián Vázquez y liberarlo de la cárcel inmediatamente. Al mismo tiempo, las autoridades deben continuar sus investigaciones sobre este terrible caso, llevar a todos los responsables ante la justicia y garantizar que esto no vuelva a suceder «, advirtió la directora Adjunta de Investigación de Américas de AI, dijo Carolina Jiménez.
Lamentablemente este es un ejemplo más de cómo las autoridades mexicanas pisotean la justicia en su carrera por la llamada “guerra contra las drogas”, agregó, la policía y las fuerzas armadas siguen utilizando la tortura y otros malos tratos contra personas en un intento de hacer arrestos apresurados, y al hacerlo, violan el derecho internacional.
Al ser puesto a disposición de la PGR, Adrián Vázquez fue examinado por un médico legista que concluyó que las lesiones sufridas bajo custodia policial no ponían en peligro su vida y se curarían en 15 días. Tras esta evaluación, Adrián sufrió un colapso y fue trasladado de urgencia al hospital, donde le intervinieron quirúrgicamente para salvarle la vida. El informe médico del hospital identificó múltiples lesiones causadas por golpes, incluyendo lesiones de pulmón y vejiga, además de trauma abdominal.
Dos años después se le practicaron los exámenes médicos forenses a Adrián Vázquez, donde AI consideró que se incumplió con las normas internacionales básicas establecidas en el Protocolo de Estambul.
Amnistía Internacional se pronunció porque los expertos forenses oficiales sean independientes de las autoridades de procuración de justicia para garantizar que las víctimas de tortura tengan acceso oportuno a exámenes médicos adecuados y que sus resultados sean aceptados en el proceso penal, “siempre y cuando cumplan con el Protocolo de Estambul».

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