• julio 4, 2016
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Ordena juez federal a la UABC reintegrar a adolescente a cursos culturales

uabc artes*Padres acusan a maestra de danza  de trato discriminatorio

Antonio Heras

Mexicali.- Un Juzgado de Distrito del Poder Judicial de la Federación decidió proteger los derechos humanos de una alumna de 14 años de edad por lo que ordenó a la Universidad Autónoma de Baja California reintegrarla a su programa de cursos culturales.

A sus 14 años, en el verano de 2015, Claudia Paola Sánchez García, alumna de la UABC, participó en el festival de danza española «Ibérica», realizado en la ciudad de Querétaro, donde obtuvo premios y reconocimientos del jurado.

Esto provocó que su maestra Wendy Marquez Saavedra -quien también participó en la competencia- iniciara en redes sociales y de manera personal actos discriminatorios en su contra bajo el supuesto de haberse  presentado en ese festival sin tener la autorización de la UABC para representarla y usar una coreografía de su autoría.

Joel Sánchez advirtió que ante los diplomas obtenidos por su hija, la maestra Wendy le mostró «máxima furia y desprecio absoluto», además de actos de acoso, marginación, señalamiento público y menosprecio al excluirla de presentaciones.

Incluso, agregó, el maltrato agudizó con la humillación y desprecio que compartió con los demás miembros del grupo, quienes se manifestaron en contra de la menor; actitud que se contrapone a la del maestro Fernando Hirales que la felicitó y conmino a participarle de sus logros al director de la facultad.

En la resolución judicial el Juzgado Quinto de Distrito determinó también improcedente el dictamen del Tribunal Universitario que confirmó la separación de la adolescente de los cursos culturales de la UABC.

Además consideró violatorio de los derechos humanos la decisión del director de la Escuela de Artes, Fernando Serrano, superior jerárquico de la maestra Márquez, de negarle el acceso a su formación dentro de las actividades de extensión universitaria. de acuerdo al oficio 762/2015-2 del 14 de octubre de 2015.

La protección de la justicia federal se originó por la negativa de la maestra Marquez Saavedra de aceptarla en sus cursos poro que el padre de la menor de edad presentó una queja ante el Tribunal Universitario que confirmó la separación por considerar que no era alumna de la UABC, sino participante de un curso cultural.

Con la resolución del tribunal, recurrió al Poder Judicial de la Federación para proteger a la estudiante, la cual otorgó la suspensión de la decisión universitaria para permitirle asistir de manera regular a clases de danza española que se imparten en la Facultad de Artes de la UABC y en actividades propias del curso.

El juzgado dictó la suspensión definitiva en noviembre de 2015 para acreditar en 24 horas su cumplimientocon el apercibimiento que de no hacerlo será denunciada al Ministerio Publico de la Federación por el delito que, según sea el caso, que se establecen en la Ley de Amparo.

Sin embargo, la tarde del lunes 4 de abril de 2016 Claudia Paola y su madre acudieron a la Facultad de Artes pero la maestra Márquez Saavedra, en compañía de tres personas, le impidió la entrada al aula.

La coordinadora de cursos culturales Silvia Baiza les dio a conocer que la UABC le permitía la entrada, a diferencia de la maestra que no accedió. Al final, Baiza apoyó a la profesora por lo que Claudia Paola y si madre se retiraron después de advertirles sobre el amparo federal y haber pagado su inscripción a los cursos culturales.

El juzgado federal advirtió a la UABC las obligaciones contenidas en sus reglamentos y estatutos, cuyo objetivo es facilitar el acceso de la sociedad a conocimientos teóricos- prácticos adquiridos o generados en las diversas áreas del conocimiento.

Los alumnos pueden recurrir al Tribunal de Apelación cuando por anomalías de índole administrativa resulten directamente lesionados sus intereses, «máxime que en las cuestiones en que se vean involucrados derechos inherentes a los menores, debe resolverse sin desatender un principio básico: el interés superior del niño conforme lo disponen la Convención sobre los Derechos del Niño; y la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes».

En consecuencia, ante la violación a los derechos fundamentales que se destacan, se debe conceder el amparo y la protección de la Justicia Federal a la parte quejosa, para el efecto de que la autoridad responsable Tribunal Universitario de la Universidad Autónoma de Baja California, deje sin efecto la resolución», señala el dictamen judicial al tiempo de advertir que «analice las diversas violaciones»  del oficio de Serrano, superior jerárquico de Marquez y Baiza.

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