• abril 18, 2017
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Cabildos aprueban la eliminación del fuero constitucional en BC

Jorge Heras / Lindero Norte
Mexicali.- Con la aprobación en tres de los cinco cabildo de la entidad del dictamen del Congreso local que suprime la figura del fuero de la Constitución de Baja California, la reforma propuesta por el Partido Estatal de Baja California y respaldada por todas las fuerzas políticas de la legislatura podrá ser ratificada por el Poder Legislativo y publicada en el Periódico Oficial.

En la sesión del 9 de marzo, los ocho grupos parlamentarios votaron a favor de eliminar la prerrogativa constitucional que gozan representantes populares, magistrados, algunos funcionarios públicos, alcaldes y gobernador del Estado.

Pero por procedimientos legislativos tardíos, ya que se debe de aprobar en la siguiente sesión el acta firmada de ese día por todos los diputados, fue que el dictamen número 5 se entregó a los cinco cabildos hasta el viernes 31 de marzo.

Como lo adelantó Lindero Norte, las vacaciones de Semana Santa, las prácticas parlamentarias y el trámite de los órganos de los cabildos llevarían a que el dictamen del fuero se aprobaría en la tercera semana de abril.

De esta manera fue que la mañana de este martes, los cabildos de Ensenada y Tecate aprobaron la reforma a los artículos 12, 27, 91, 94 y 95 de la Constitución Política del Estado.

Anteriormente, en la sesión del jueves 6 de abril, los regidores y el alcalde de Mexicali votaron por unanimidad la eliminación del fuero, convirtiéndose en el primer gobierno que aprobó esta iniciativa sin tener que enviarla a la Comisión de Gobernación y Legislación del cabildo.

El Ayuntamiento de Tijuana ha decido aplazar este punto desde que los mismos regidores de su partido propusieron exhortar al Congreso para que suprimiera esta figura jurídica.

Con la aprobación en los tres cabildos, el Congreso podrá proceder a pronunciar la declaratoria de incorporación constitucional de las presentes reformas y entrará en vigor 90 días después de su publicación.

Si lo cabildos no atendían estas reformas a la Constitución durante un mes iba a ser publicada en el Periódico Oficial sin tomar en consideración a los cinco Ayuntamientos.

De acuerdo a las iniciativa contemplada en el Dictamen 5, para proceder penalmente contra el gobernador, diputados locales, magistrados del Poder Judicial, secretario General de Gobierno, procurador General de Justicia, así como contra presidentes municipales y regidores, entre otros funcionarios del Estado, bastará que el juez de control dicte auto de vinculación penal, en los términos del Código de Procedimientos penales.

Y en el caso de servidores públicos de elección popular, el juez notificará al Congreso del Estado a fin de que sea éste quien declare la separación del cargo en los términos de Ley.

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