- septiembre 7, 2021
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Por aborto se consignó a 18 mujeres en BC en este año; 250 en un lustro

Antonio Heras / Lindero Norte
Mexicali.- En Baja California hay 18 mujeres que fueron detenidas y procesadas ante un juez por aborto durante 2021, de acuerdo a la incidencia del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Sin embargo, en el último lustro se han consignado 250 casos ante las autoridades investigadoras de delitos, en este caso de la otrora Procuraduría General de Justicia y ahora de la Fiscalía General del Estado.
Este tema adquiere relevancia por la decisión de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de despenalizar el aborto en el caso de Coahuila, donde se establecían hasta tres años de prisión a quienes aborten de forma voluntaria.
La SCJN resolvió que es inconstitucional la penalización del aborto, lo que ahora se convierte en un criterio obligatorio en el país.
En el Código Penal de Baja California se advierte que el aborto «es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez» y la pena por practicarse un aborto o ayudar a ello es de hasta cinco años de cárcel.
De acuerdo al reporte federal, en enero de 2021 se registró un caso con una detenida, dos en febrero, tres en abril, cuatro en mayo, tres en junio y cinco en julio, de acuerdo a los datos sobre delitos contra la vida y la integridad personal Según estás estadísticas en 2020 se reportaron 39 casos, mientras que en 2019 se registraron 57, en 2018 un total de 63 y 73 en 2017.
Este ilicito no lo incluye la Fiscalía General del Estado en su informe mensual de incidencia delictiva, por lo que se carece de un desglose por municipio, aunque sí lo reporta al secretariado Ejecutivo del SNSC.
Durante la gestión de Jaime Bonilla Valdez han sido consignadas 66 mujeres por el delito de aborto.
ABORTO EN BC
El artículo 136 del Código Penal de Baja California la interrupción del embarazo no es punible cuando es resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada, cuando el embarazo es resultado de una violación o de una inseminación artificial practicada en contra de la voluntad de la embarazada, siempre que se practique dentro de 90 días de la gestación y se presente una denuncia ante el Ministerio Público o, en su caso, el aborto terapéutico oír estar en riesgo la vida de la madre.
El artículo 135 del Código Penal señala que si el aborto lo provoca un médico, cirujano, partero, enfermero o practicante se le impondrá de tres a diez años de prisión y se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión.
En el artículo 134 se establece que a quien haga abortar a una mujer sin consentimiento se le aplicará de tres a ocho años de prisión y aumenta de cuatro a diez años si hay violencia física o moral.
«La mujer que se procure el aborto o consienta en que otro la haga abortar, se le impondrá de uno a cinco años de prisión, igual pena se aplicará al que haga abortar a la mujer con consentimiento de ésta», asienta el Código Penal.
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Si el médico se niega por Etica a practicar el aborto será procesado judicialmente ?
Si una mujer muere en el aborto quien lo haya practicado será sujeto de juicio penal?