• octubre 16, 2024
  • Sin comentarios
  • 3 minutos de lectura

Aprueba Congreso de BC dictamen de la Ley de Hacienda en favor de la comunidad

Aprueba Congreso de BC dictamen de la Ley de Hacienda en favor de la comunidad

Lindero Norte
Mexicali, B.C, miércoles 16 de octubre de 2024.- En sesión de Pleno fue aprobado por veintitrés votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Dictamen No 12 de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, que modifica el artículo 7 y adiciona el artículo 81 Bis de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California, presentada por la Diputada Julia Andrea González Quiroz.
Esta iniciativa permite a los Ayuntamientos encaminar los esfuerzos gubernamentales al aprovechamiento de los espacios de oportunidad que la ley le brinde, para fortalecer sus finanzas y con ello su capacidad de respuesta a las crecientes demandas sociales.

La adecuación del marco jurídico tributario del ámbito local, adquiere relevancia para avanzar hacia un fortalecimiento basado en unas finanzas municipales más sólidas, de acuerdo con las vocaciones productivas locales.

Plantea la presente iniciativa que, el esquema fiscal propuesto, al igual que en el resto del país, se constituya como un mecanismo viable para que de forma automática y permanente genere cada vez más recursos del ámbito local, como medio para el apuntalamiento de la actividad económica, la distribución primaria del ingreso y la generación del empleo en Baja California.

En razón de lo anterior, el dictamen 12 de la C H y P que modifica y adiciona dos artículos de la Ley en comento, fue aprobado por el Pleno, con un resolutivo único.

De esta forma el Artículo 7, queda como sigue: Las contribuciones se clasifican en impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos. Son también ingresos ordinarios los productos y aprovechamientos que prevean las Leyes de Ingresos de acuerdo con el marco normativo y criterios generales establecidos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Artículo 81 BIS. – Fondos Distintos de Aportaciones: Son los ingresos que reciben los Municipios del Estado, derivados de fondos distintos de aportaciones y previstos en disposiciones específicas, tales como el Fondo para Entidades Federativas y Municipios Productores de Hidrocarburos, y Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros, entre otros.
El Ayuntamiento podrá establecer fondos específicos a efecto de fomentar su política económica, fortalecer la hacienda pública municipal y generar recursos financieros suficientes para promover programas públicos destinados al bienestar de la comunidad.

Publicaciones relacionadas

Tormenta Rachel agrava socavón en zona este de Tijuana: Yohana Gilvaja

Tormenta Rachel agrava socavón en zona este de Tijuana: Yohana Gilvaja

*No fue falta de advertencias sino desatención del alcalde Burgueño  Antonio Heras.- Las lluvias evidenciaron un socavón en el Boulevard 2000…
Rescate en helicóptero a familias de Ensenada  afectadas por las lluvias

Rescate en helicóptero a familias de Ensenada  afectadas por las lluvias

*Operativo de Defensa de salvaguarda de 30 personas de la comunidad Génesis, además que continúa búsqueda de miembros de dos familias…
Suspenden clases en escuelas públicas y privadas de BC

Suspenden clases en escuelas públicas y privadas de BC

*Medida a aplicarse este lunes para facilitar limpieza y movilidad Antonio Heras  Mexicali  Ante afectaciones por la tormenta Rachel, las fuerzas…

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *