• diciembre 22, 2016
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Ley de Agua de Baja California dará pie a controversia y amparos, advierte Blásquez

fullsizerender-37Antonio Heras
Mexicali.- Diputados locales, ediles y ciudadanos están en posibilidades de emprender por la litigios Ley de Agua de Baja California por interés legítimo, señaló el senador del Partido del Trabajo, Marco Antonio Blásquez.

Destacó entre los litigios la figura de la controversia constitucional entre Ayuntamientos y la Legislatura local con el titular del Poder Ejecutivo, además del recurso de inconstitucionalidad que habilita a cualquier ciudadano a interponer una demanda de amparo.

Blásquez agregó que los Organismos Operadores Metropolitanos contenidos en los artículos 13 al 25 de esta ley son violatorios de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución de Baja California

«Los servicios públicos establecidos en el 115 constitucional, así como el de agua potable, alcantarillado y saneamiento, son de la competencia inmediata y directa de los municipios a través de los ayuntamientos», explicó al tiempo de señalar que ambas Constituciones prevén que en caso que el Ayuntamiento se encuentre incapacitado para prestar alguno de estos servicios, podrá solicitar al Estado que lo haga de manera temporal o, bien, que ambos lo presten de manera coordinada.

Para ello, precisó el legislador, se requiere celebrar un convenio en el que el municipio exprese su voluntad con una mayoría calificada de las dos terceras partes del Cabildo. «Estos extremos no se cumplieron. Esto implica una invasión a la competencia de los municipios», sostuvo.

Aseguró que la ley contiene otras porciones que entrañan violaciones a la Constitución como la fracción XXVI del artículo 2, con relación a la fracción IV del artículo 88, que trata de la autorización al órgano operador para cortar el suministro de agua, lo que representa una abierta violación al derecho al agua sancionado en el artículo 4 constitucional.

El senador petista advirtió que las concesiones para la prestación del servicio público de agua potable establecido en el artículo 48 de la nueva Ley del Agua resultan también violatorias del derecho al agua así como invasoras de la competencia de los municipios.

«Esto conculca lo dispuesto en los artículos 14 y 115 constitucionales, pues se establece la facultad de otorgar las concesiones con carácter potestativo y no se establece en qué supuestos de incapacidad por parte del Ayuntamiento procedería la necesidad de recurrir a las concesiones», argumentó.

Blásquez dio a conocer que entablará comunicación con los ediles de los cinco municipios y con los diputados locales que votaron en contra de la ley para brindarles su apoyo como senador y como ciudadano.

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